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Expte. Nº 603.699 - “R., L. c/ San Lorenzo de Almagro y Otros s/ Daños y Perjuicios – CNCIV – SALA A – 27/02/2013
DAÑOS EN ESPECTÁCULOS DEPORTIVOS. Lesiones provocadas a un espectador, tras una discusión con un grupo de simpatizantes. Responsabilidad solidaria de las entidades organizadoras del evento deportivo. SUFICIENCIA DE LA ACREDITACIÓN DEL DAÑO DURANTE EL ENCUENTRO DEPORTIVO. Ausencia de culpa de la víctima o de un tercero por quien no se debe responder. Leyes 23.184 y 24.192. DEBER DE SEGURIDAD. Exposición de diversos fundamentos y normativa para encuadrar la responsabilidad de las demandadas. Ley de Defensa del Consumidor. PROCEDENCIA DE LA DEMANDA CONTRA EL CLUB Y LA A.F.A.
Citar: elDial.com - AA7DE5
Publicado el 22/04/2013
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Términos mencionados en este fallo: deportivo, responsabilidad, espectador, entidades, organizadoras, encuentro, seguridad, consumidor, obligación.